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En Colombia la Corte Constitucional mantiene norma que permite el aborto en tres casos

En Colombia la Corte Constitucional se declaró inhibida este lunes para dar un fallo de fondo sobre dos demandas de la abogada Natalia Bernal que pedía declarar como ilegal el aborto desde el momento de la concepción.

Una ponencia sobre el caso presentada por el magistrado Alejandro Linares, a quien se le encomendó resolver las demandas, y en la que mantenía la tesis de que el aborto debería ser legal en Colombia hasta los tres meses de edad del feto, fue derrotada por sus colegas en sesión plenaria.

Por tanto, sigue vigente la norma que permite el aborto en tres casos en cualquier momento del embarazo: por violación o acceso carnal violento, por malformación del feto o por inminente riesgo para la salud y la estabilidad mental de la madre. Esta reglamentación está vigente en el país desde 2006 cuando el alto tribunal se pronunció de fondo en un fallo sobre el asunto.

Grupos provida y otros a favor del aborto sin penalización estuvieron a las afueras de la sede de la corte este lunes pidiendo que se tuvieran en cuenta los argumentos a favor y en contra de la interrupción del embarazo.

El Congreso de la República de Colombia, según lo ha establecido la Corte en diversos pronunciamientos, deberá reglamentar todo lo relacionado con los términos en que el aborto es legal en Colombia.

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